Tratamiento de datos
Derechos de acceso
El afectado puede en cualquier momento solicitar acceder a los datos que sobre su persona obren en poder de VENEXMA EUROPA SL.
- El Responsable del Tratamiento analizará la situación para comunicar la resolución al afectado antes de treinta (30) días, a contar desde la recepción de la solicitud, procediendo según el caso. Dicho plazo podrá prorrogarse otros dos (2) meses en caso necesario dependiendo de la complejidad y el número de solicitudes registradas. No obstante si se produjera dicha dilación, se deberá motivar dicha prórroga. Si la resolución es atender la solicitud, se recabarán internamente los datos necesarios, remitiendo al afectado la siguiente información:
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- Finalidad del tratamiento.
- Categoría de los datos tratados.
- Destinatario de sus datos.
- Plazo de conservación.
- Existencia de otros derechos (rectificación, supresión, limitación y/u oposición).
- Reclamación ante la Autoridad de Control (AEPD).
- Origen de la fuente de obtención de los datos.
- Existencia de decisiones individuales automatizadas y/o elaboración de perfiles.
- Transferencia internacional de datos y garantías implantadas para su realización.
- Adicionalmente y de forma obligatoria, se deberá facilitar copia de los datos objeto de tratamiento de forma sencilla para que el interesado pueda verificar y conocer la licitud del tratamiento. En el caso de que el interesado solicitase una segunda copia de la documentación solicitada, esta podrá ser remunerada con una tasa o canon razonable (artículo 15.3 y Considerando 63 RGPD). El Responsable del tratamiento está habilitado para solicitar al interesado mayor concreción de lo que exactamente solicita.
- En el caso de que el interesado ejercitase dicha solicitud a través de medios electrónicos, y a menos que el interesado solicite otro medio, la información se facilitará en un formato electrónico de uso común.
- Si se decide no atender la solicitud, se deberá informar al interesado en el plazo máximo de un (1) mes desde la recepción de su solicitud, explicando las razones de su no actuación así como la posibilidad de reclamar ante una autoridad de control y la posibilidad de ejercitar acciones judiciales.
- Si el Responsable del tratamiento tiene dudas razonables en relación con la identidad de la persona física que cursa la solicitud, se podrá solicitar que se facilite información adicional necesaria para confirmar la identidad del interesado.
Modelo de solicitud de derecho de acceso
DERECHO DE RECTIFICACIÓN (artículo 16 y Considerando 65)
El afectado puede solicitar en cualquier momento que LA EMPRESA rectifique los datos que obren en su poder.
- El RESPONSABLE analizará la situación para comunicar la resolución al afectado antes de un (1) mes a contar desde la recepción de la solicitud. El Responsable del Tratamiento, comunicará al afectado los datos antiguos y los nuevos datos rectificados que, desde el momento de su solicitud, serán los que figuren en LA EMPRESA.
Dicho plazo podrá prorrogarse otros dos (2) meses en caso necesario dependiendo de la complejidad y el número de solicitudes registradas. No obstante si se produjera dicha dilación, se deberá motivar dicha prórroga.
- Asimismo el interesado tendrá derecho a que se completen los datos personales que sean incompletos inclusive mediante una declaración adicional.
- Si el Responsable del Tratamiento no da curso a la solicitud del interesado, le informará sin dilación y a más tardar en el plazo de un (1) mes desde la recepción de la solicitud, indicando las razones de su no actuación y de la posibilidad de presentar una reclamación ante la autoridad de control y de ejercitar acciones judiciales.
- En su caso, el RESPONSABLE velará por que en las distintas aplicaciones disponibles en LA EMPRESA se realicen las rectificaciones de los datos del afectado.
- La comunicación de la resolución será realizada por el RESPONSABLE al afectado por correo certificado con acuse de recibo en el plazo máximo de un (1) mes desde la comunicación de ejercicio del derecho por parte del afectado
Modelo de solicitud de rectificacion
DERECHO DE SUPRESION (artículo 17 y Considerando 65 y 66)
El afectado puede solicitar en cualquier momento que LA EMPRESA la supresión de los datos que obren en su poder en base del Responsable del Tratamiento.
- El RESPONSABLE analizará la situación para comunicar la resolución al afectado antes de un (1) mes a contar desde la recepción de la solicitud. Dicho plazo podrá prorrogarse otros dos (2) meses en caso necesario dependiendo de la complejidad y el número de solicitudes registradas. No obstante si se produjera dicha dilación, se deberá motivar dicha prórroga.
- Si el Responsable del Tratamiento no da curso a la solicitud del interesado, le informará sin dilación y a más tardar en el plazo de un (1) mes desde la recepción de la solicitud, indicando las razones de su no actuación y de la posibilidad de presentar una reclamación ante la autoridad de control y de ejercitar acciones judiciales.
- En su caso, el RESPONSABLE velará por que en las distintas aplicaciones disponibles en LA EMPRESA se realicen las supresiones de los datos del afectado.
- La comunicación de la resolución será realizada por el RESPONSABLE al afectado por correo certificado con acuse de recibo en el plazo máximo de un (1) mes desde la comunicación de ejercicio del derecho por parte del afectado.
- El derecho de supresión de los datos se produce bajo los siguientes supuestos:
- Cuando los datos personales ya no son necesarios con la relación con los fines para los que fueron recogidos o tratados de otro modo.
- Cuando el interesado haya retirado su consentimiento.
- El interesado se oponga al tratamiento.
- Los datos hayan sido tratados ilícitamente.
- Hayan de ser suprimirse en base al cumplimiento de una obligación legal.
- A colación del principio de supresión, es importante traer a colación el derecho al bloqueo de datos establecido en el artículo 17 así como el Considerando 65 del RGPD. Según dichos preceptos aunque los datos tratados por el Responsable dejen de ser útiles o necesarios, los datos no serán suprimidos cuando sean necesarios:
- Para ejercer el derecho a la libertad de expresión e información.
- Para el cumplimiento de una obligación legal que requiera el tratamiento de datos impuesta por el Derecho de la Unión o de los Estados miembros que sea aplique al responsable del tratamiento, o para el cumplimiento de una misión realizada en interés público.
- Por razones de interés público.
- Con fines de archivo en interés público, fines de investigación científica o histórica.
- Formulación, el ejercicio o la defensa de reclamaciones.
Modelo de solicitud de supresión
DERECHO DE LIMITACIÓN DEL TRATAMIENTO (artículo 18 y Considerando 67)
El afectado puede solicitar en cualquier momento que LA EMPRESA, limite el tratamiento de los datos que obren en su poder en base del Responsable del Tratamiento, siempre siguiendo alguno de los supuestos contemplados en el punto 5 del presente documento.
- El RESPONSABLE analizará la situación para comunicar la resolución al afectado antes de un (1) mes a contar desde la recepción de la solicitud. Dicho plazo podrá prorrogarse otros dos (2) meses en caso necesario dependiendo de la complejidad y el número de solicitudes registradas. No obstante si se produjera dicha dilación, se deberá motivar dicha prórroga.
- Si el Responsable del Tratamiento no da curso a la solicitud del interesado, le informará sin dilación y a más tardar en el plazo de un (1) mes desde la recepción de la solicitud, indicando las razones de su no actuación y de la posibilidad de presentar una reclamación ante la autoridad de control y de ejercitar acciones judiciales.
- En su caso, el RESPONSABLE velará por que en las distintas aplicaciones disponibles en LA EMPRESA se realicen dicha limitación del tratamiento de los datos del afectado.
- La comunicación de la resolución será realizada por el RESPONSABLE al afectado por correo certificado con acuse de recibo en el plazo máximo de un (1) mes desde la comunicación de ejercicio del derecho por parte del afectado.
- El interesado tendrá derecho a obtener del responsable dicha limitación del tratamiento bajo alguna de las siguientes circunstancias:
- El interesado impugne la exactitud de los datos personales, durante un plazo que permita al responsable verificar la exactitud de los mismos.
- Tratamiento sea ilícito y el interesado se oponga a su supresión.
- El responsable ya no necesite los datos personales para los fines del tratamiento pero el interesado lo necesite para la formulación, el ejercicio o la defensa de reclamaciones.
- Cuando el interesado haya opuesto al tratamiento en virtud del artículo 21.
Modelo de ejercicio de derecho de limitación del tratamiento
DERECHO DE PORTABILIDAD (artículo 20 y Considerando 68)
El afectado puede solicitar en cualquier momento que LA EMPRESA entregue al interesado los datos personales que le incumba, que éstos hayan sido entregados / facilitados a un responsable del tratamiento en un formato estructurado, de uso común y lectura mecánica y a transmitirlos a otro responsable del tratamiento sin que lo impida el responsable al que se los hubiera facilitado, siempre y cuando este tratamiento esté basado en el consentimiento y se haya efectuado por medios automatizados.
- El RESPONSABLE analizará la situación para comunicar la resolución al afectado antes de un (1) mes a contar desde la recepción de la solicitud. Dicho plazo podrá prorrogarse otros dos (2) meses en caso necesario dependiendo de la complejidad y el número de solicitudes registradas. No obstante si se produjera dicha dilación, se deberá motivar dicha prórroga.
- Si el Responsable del Tratamiento no da curso a la solicitud del interesado, le informará sin dilación y a más tardar en el plazo de un (1) mes desde la recepción de la solicitud, indicando las razones de su no actuación y de la posibilidad de presentar una reclamación ante la autoridad de control y de ejercitar acciones judiciales.
- La comunicación de la resolución será realizada por el RESPONSABLE al afectado por correo certificado con acuse de recibo en el plazo máximo de un (1) mes o en su caso por medios electrónicos (sí así lo ha iniciado el interesado) desde la comunicación de ejercicio del derecho por parte del afectado.
- Al ejercer su derecho a la portabilidad de los datos el interesado tendrá derecho a que los datos personales se transmitan directamente de responsable a responsable cuando sea técnicamente posible.
- Este derecho no afectará negativamente a derechos y libertades de otros
Modelo de ejercicio de derecho de portabilidad
DERECHO DE OPOSICION (artículo 21 y Considerando 69 y 70)
El interesado puede oponerse al envío de publicidad o a cualquier otro tratamiento diferente a la finalidad estricta para la que se recogen los datos.
- LA EMPRESA analizará la situación para comunicar la resolución al afectado antes del plazo de treinta (30) días, a contar desde la recepción de la solicitud, procediendo según el caso:
Si la resolución es atender la solicitud, se procederá a comunicar al afectado que sus datos no serán objeto del tratamiento especificado, bien con carácter general o bien para aquellos terceros que haya indicado en caso de oposición a la cesión de datos.
Si la resolución es no atender la solicitud, se informará al interesado de los motivos formales por los que no se atiende la misma, motivando también el motivo del plazo de dicha prorroga.
- En su caso, el RESPONSABLE velará por que en las distintas aplicaciones disponibles en LA EMPRESA se realicen las indicaciones necesarias para garantizar los derechos del afectado.
- La comunicación de la resolución será realizada por el RESPONSABLE al afectado por correo certificado con acuse de recibo (en su caso por medios informáticos, si el interesado lo ejercitó por esas vías) en el plazo máximo de treinta (30) días desde la comunicación de ejercicio del derecho por parte del afectado.
- El interesado podrá oponerse en cualquier momento a que datos personales que le conciernan sean objeto del tratamiento. El Responsable dejará tratar los datos personales salvo que acredite motivos legítimos para el tratamiento que prevalezca sobre los intereses, o para la formulación, el ejercicio o la defensa de reclamaciones.
- Cuando el tratamiento tenga por objeto la mercadotecnia directa, el interesado tendrá derecho a oponerse al tratamiento en cualquier momento (incluida la elaboración de perfiles). Por ello, cuando el interesado se oponga al tratamiento, los datos personales dejarán de ser tratados para dichos fines.
- Cuando los datos personales se traten con fines de investigación científica o histórica o fines estadísticos, el interesado tendrá derecho por motivos relacionados con su situación particular a oponerse al tratamiento de datos personales que le conciernan.
Modelo de ejercicio del derecho de oposición
DERECHO A LIMITAR DECISIONES INDIVIDUALIZADAS AUTOMATIZADAS (artículo 22)
El interesado tendrá derecho a no ser objeto de tratamientos basados en elaboración de perfiles. Este supuesto solo podría plasmarse si el tratamiento de datos se realiza de forma automatizada y que éstos produzcan efectos jurídicos o afecten al interesado de forma similar.
- El Responsable del Tratamiento (LA EMPRESA) analizará la situación para comunicar la resolución al afectado antes de treinta (30) días, a contar desde la recepción de la solicitud, procediendo según el caso. Dicho plazo podrá prorrogarse otros dos (2) meses en caso necesario dependiendo de la complejidad y el número de solicitudes registradas. No obstante si se produjera dicha dilación, se deberá motivar dicha prórroga.
- Existen excepciones a los presentes principios:
- Cuando dichos datos son necesarios para la celebración o ejecución de un contrato y un responsable del tratamiento.
- Está autorizada por el Derecho de la Unión o de los Estados miembros que se aplique al responsable del tratamiento.
- Se basa en el consentimiento explicito del interesado.
- El responsable del tratamiento adoptará las medidas adecuadas para salvaguardar los derechos y libertades y los intereses legítimos del interesado, como mínimo el derecho a obtener intervención humana por parte del responsable, a expresar su punto de vista y a impugnar la decisión.
Modelo de ejercicio del derecho a limitar las decisiones individuales automatizadas.